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DIF
Articulo 8° Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente: DIF
VI. La información sobre la gestión pública, que comprende: DIF
b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público; DIF
2019
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POA 2019.pdf
12/08/2021